Desde el 01 de agosto, los bancos y emisores de medios de pago en Chile dejarán sus tradicionales tarjetas de coordenadas, medida que fue instruida por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) mediante la Norma de Carácter General N° 538, que establece nuevos estándares mínimos de seguridad y autenticación para operaciones.
La normativa exige la implementación de mecanismos de Autenticación Reforzada de Cliente (ARC), definidos como procesos que combinan al menos dos factores de autenticación independientes.
Estos pueden incluir elementos de conocimiento (como una clave), posesión (un dispositivo o token) e inherencia (biometría, como huella o reconocimiento facial).
El término de mecanismos impresos
La disposición clave de la NCG N° 538 es la prohibición del uso de mecanismos impresos, como las tarjetas de coordenadas, consideradas obsoletas frente a los riesgos de suplantación y fraude.
Esta eliminación implica que los usuarios deberán migrar a métodos más seguros y modernos, como aplicaciones móviles o dispositivos físicos con generación de códigos únicos.
La autenticación reforzada será obligatoria en situaciones como:
- Transferencias electrónicas de fondos.
- Modificación de datos personales o claves.
- Incorporación o reemplazo de dispositivos de confianza en plataformas digitales.
Si bien la norma entra en vigor el 1 de agosto de 2025, los casos donde la autenticación reforzada es obligatoria comenzarán a regir desde el 1 de julio de 2026.
La responsabilidad de los emisores
La CMF establece que los emisores serán responsables de cualquier perjuicio que sufran los usuarios en caso de incumplimiento de los estándares de seguridad, registro y autenticación.
Además, la entidad fiscalizadora podrá imponer sanciones a quienes no se ajusten a la nueva normativa.
REVISA ACÁ LA NUEVA NORMATIVA DE LA CMF