Corte de Arica frena cobro del CAE: Deudor evita embargo tras fallo que cuestiona procedimiento de Tesorería
El fallo concluyó que el mecanismo utilizado por el organismo para exigir el pago no era el que correspondía para este tipo de deuda, además de considerar que vulneró el derecho constitucional a la igualdad ante la ley.
Jueves 9 de julio de 2026
Un importante precedente en materia de cobros del Crédito con Aval del Estado (CAE) quedó establecido luego de que la Corte de Apelaciones de Arica acogiera un recurso de protección presentado por un deudor, dejando sin efecto el procedimiento de cobranza iniciado por la Tesorería Regional y evitando un eventual embargo.
El fallo concluyó que el mecanismo utilizado por el organismo para exigir el pago no era el que correspondía para este tipo de deuda, además de considerar que vulneró el derecho constitucional a la igualdad ante la ley.
¿Por qué la Corte de Arica anuló el cobro del CAE?
Según consignó Meganoticias, en una decisión unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica determinó que la Tesorería Regional aplicó un procedimiento contemplado en el Código Tributario, normativa destinada al cobro de obligaciones tributarias, y no de créditos como el Crédito con Aval del Estado.
Según la sentencia, la Ley N.º 20.027, que regula el CAE, establece que las acciones de cobranza deben sujetarse a las reglas generales, por lo que no corresponde utilizar el procedimiento ejecutivo especial previsto para el cobro de impuestos.
El tribunal también destacó que la propia legislación permite que estos créditos puedan ser cedidos o vendidos a terceros, lo que evidencia que su naturaleza jurídica es distinta a la de una deuda tributaria.
Corte advierte vulneración a la igualdad ante la ley
Otro de los puntos centrales del fallo es que el procedimiento aplicado por Tesorería limitó las posibilidades de defensa del deudor.
La Corte explicó que el mecanismo contemplado en el Código Tributario ofrece menos herramientas procesales para impugnar el cobro que un juicio ejecutivo ordinario, lo que genera una diferencia injustificada respecto de otras personas enfrentadas a deudas de carácter civil.
Por esa razón, los ministros concluyeron que el actuar de la Tesorería Regional vulneró la garantía constitucional de igualdad ante la ley.
¿Qué resolvió la Corte sobre el procedimiento de Tesorería?
Como medida concreta, la Corte de Apelaciones de Arica dejó sin efecto el procedimiento de cobro Rol N.° 12613-2026, iniciado por la Tesorería Regional de Arica y Parinacota.
La resolución impide que continúe esa cobranza bajo el mecanismo utilizado por el organismo y abre un nuevo precedente respecto de la forma en que deben tramitarse los procesos de cobro relacionados con deudas del Crédito con Aval del Estado.
Si bien el fallo no extingue la deuda del CAE, sí establece que su cobro debe ajustarse al procedimiento legal correspondiente y respetar plenamente las garantías procesales de los deudores.