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Corte ratifica multa contra Dr. Simi por uso de corpóreo en horario de calor extremo

La empresa detrás de Dr. Simi deberá pagar 60 UTM luego de que se confirmara una sanción aplicada por la Inspección del Trabajo, relacionada con las condiciones de seguridad para quienes utilizaban el traje publicitario.

TVN.cl

Miércoles 24 de junio de 2026

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa de 60 UTM, equivalente a cerca de $4,3 millones, contra Farmacias de Similares Chile S.A., empresa asociada a Dr. Simi, por incumplimientos vinculados al uso de un corpóreo publicitario durante un horario de altas temperaturas en la capital.

La sanción fue aplicada por la Inspección Comunal del Trabajo, luego de una fiscalización en la que se advirtieron riesgos para los trabajadores encargados de vestir la botarga promocional.

De acuerdo con los antecedentes del caso, el organismo fiscalizador estableció que la empresa no habría implementado las medidas necesarias para reducir la exposición al calor, especialmente considerando que el traje era utilizado en un horario de mayor temperatura.

Fiscalización detectó uso del corpóreo en horario de máximo calor

La investigación contempló tres instancias de revisión: una visita en terreno en avenida San Pablo, en la comuna de Santiago, y otras dos diligencias en oficina.

En el fallo del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se indicó que el corpóreo era utilizado entre las 16:00 y 17:00 horas, periodo considerado de alta exposición al calor durante episodios de temperaturas extremas.

Además, la multa también apuntó a la falta de medidas preventivas para asegurar el correcto funcionamiento del sistema de ventilación del traje publicitario, un aspecto clave para evitar riesgos en quienes lo utilizaban.

Empresa presentó recurso, pero fue rechazado

Farmacias de Similares Chile S.A. intentó revertir la decisión mediante un recurso de nulidad contra la sentencia que previamente había rechazado su reclamación.

Sin embargo, la Duodécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó la acción de forma unánime, confirmando que la resolución del tribunal laboral contaba con los fundamentos suficientes.

Según el fallo, no se acreditaron errores que permitieran invalidar la sentencia, por lo que la multa quedó firme.

Finalmente, la Corte resolvió rechazar el recurso presentado por la empresa, con costas, manteniendo vigente la sanción aplicada por la autoridad laboral.