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Comienza "Operación renta": ¿quiénes deben realizar la declaración?

La declaración ya se puede realizar a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos (SII).

TVN.cl

Miércoles 5 de abril de 2023

Desde este sábado 1 de abril se inició el proceso para realizar la "Operación renta 2023", trámite en el que las y los contribuyentes deben declarar los ingresos percibidos el año anterior.

Dependiendo de la situación del trabajador o trabajadora, se podrá recibir una devolución o, al contrario, se deberán pagar impuestos.

Para este año, la primera devolución de impuestos se adelantará para el 20 de abril para quienes declaren entre el 1 y el 8 de este mes y que opten por transferencia electrónica.

¿Quiénes deberán realizar la declaración?

Según el SII, la declaración de renta deberá ser realizada por:

  • Quienes tuvieron un ingreso anual superior a $9.907.434, a menos que corresponda sueldos de un solo empleador
  • Quienes tuvieron más de un empleador
  • Quienes trabajaron a honorarios y quieren optar a las cobertura total o parcial para sus cotizaciones previsionales
  • Aquellos que realizaron el segundo retiro del 10% de la AFP y tienen un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA)
  • Los que solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga la cuota correspondiente: 30% y 10% del monto solicitado, respectivamente.

Asimismo, quedarán eximidos aquellos que obtengan sus rentas como trabajador dependiente o pensiones.

¿Cuáles son los plazos?

  • Declaraciones de renta por medio de la página web, y que no involucre pago, serán entre el 1 de abril y el 10 de mayo.
  • Declaraciones en la que se deba pagar algo se realizarán entre el 8 de abril y el 2 de mayo.

¿Cuándo sería la devolución de impuestos?

Si tenemos en consideración las fechas del año pasado, las estimadas para este año son las siguientes:

  • 12 de mayo: quienes declararon entre el 1 y 21 de abril.
  • 19 de mayo: quienes declararon entre el 22 y 29 de abril.
  • 26 de mayo: quienes declararon entre el 30 de abril y 8 de mayo.
  • 30 de mayo: quienes prefieren recibir su devolución a través de cheques.