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Abogado Claudio Valdivia sobre arriendos: La única forma de sacar a una persona que no está pagando el arriendo es a través de una orden judicial

El experto entregó una serie de recomendaciones para quienes tengan que lidiar con arrendatarios morosos.

tvn.cl

Martes 20 de octubre de 2020

El experto entregó una serie de recomendaciones para quienes tengan que lidiar con arrendatarios morosos.

El tema de los arrendatarios morosos es un problemática que cada vez se hace más frecuente en el país y es por ello que en el Instagram live de #TVNEnVivo conversamos con el abogado Claudio Valdivia, para resolver dudas y consultas.

Lo primero que señaló el letrado es que, ante la negativa de un arrendatario de salir del inmueble por no pago, se debe "demandar lo antes posible, porque la única forma de sacar a una persona que no está pagando el arriendo es a través de una orden judicial. Las personas a veces se confunden mucho de que 'lo voy a sacar a la buena' y pierden mucho tiempo en no sacarlo.

En esa línea, la primera dificultad que se presenta es que aveces los arrendadores no tienen un contrato con la persona que está arrendando, ya que en muchas oportunidades es un trámite que se deja pasar o se realiza solo verbalmente.

"El contrato de arrendamiento es un contrato consensual, por lo tanto, existiendo una renta y el préstamo del uso de una casa, yo podría decir que tengo el contrato de un arrendamiento. La formalidad debiera ser ante un notario público, en donde autorice la firma de ambos tratantes pero en muchos casos no se da eso", comentó.

En el caso de no contar con un contrato, Valdivia explicó que se debe "acreditar que él me paga una renta y por lo tanto, si es que yo no tengo un contrato, yo debiera poder acreditar de una forma que él me paga la renta, transferencias bancarias, darle un recibo, porque a veces uno se enfrenta en que uno inicia un juicio de arrendamiento, no hay contrato, pero tampoco pueden acreditar que le pagaba la renta y fracasa el juicio".

De esa forma, si no existe un contrato ni tampoco se puede demostrar que hubo un pago de renta, es que se debe demandar por precario, que es cuando no puede acreditar.

Otra de los consejos del abogado es que "cuando ya no me ha pagado la renta, ahí yo quiero que se vaya, por lo tanto ahí la recomendación no es solo demandar el término del contrato de arrendamiento porque no ha pagado la renta, sino que en el caso de que él pagara la renta, yo lo demando también por desahucio, es decir, págame la renta igual pero yo quiero que te vayas, por lo tanto el juicio tiene dos objetivos".

En tanto, para los arrendadores que piensan en simplemente entrar a la vivienda y sacar a los arrendatarios morosos mientras ellos no están, Valdivia descartó que eso sea aconsejable.

"Esa casa ya es la morada de otra persona, es el hogar de otra persona, por lo tanto no lo hagan porque podrían denunciarlos por violación de morada", indicó.

Por otra parte, el abogado sostuvo que un juicio por arriendo podría durar fácilmente entre 9 meses a más allá de un año.

Revisa la entrevista completa a continuación.

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