En un nuevo paso contra la piratería digital en Chile, la Subsecretaría de Telecomunicaciones instruyó a las compañías proveedoras de internet bloquear el acceso a la plataforma Magis TV y a todas sus versiones derivadas, en cumplimiento de una resolución judicial por vulneración de derechos de propiedad intelectual.
La orden fue emitida por el subsecretario Claudio Araya mediante un oficio dirigido a los distintos proveedores de servicios de internet, luego de que la justicia acogiera una demanda relacionada con la retransmisión ilegal de contenidos audiovisuales. Magis TV, junto a variantes como Flujo TV y Xuper TV, corresponde a servicios de IPTV que distribuyen canales en vivo, películas, radios y series sin autorización de sus titulares.
Según lo instruido por la autoridad, las empresas deberán bloquear los sitios “identificados bajo la denominación MAGISTV, FLUJOTV, XUPERTV o sus variantes, así como a todo dominio, subdominio, dirección IP, enlace, redirección o ‘espejo’ que reproduzca total o parcialmente los contenidos ilícitos, en cualquiera de sus formas de acceso, bajo la modalidad denominada ‘bloqueo dinámico’, dentro del plazo de 5 días contados desde la recepción del presente Oficio”.
Entre las compañías alcanzadas por la medida se encuentran Entel, Telefónica, ClaroVTR, Starlink, WOM y DirecTV, entre otras, las que además deberán informar expresamente a sus usuarios que el bloqueo responde a una infracción a la legislación de propiedad intelectual.
La instrucción administrativa se enmarca en una resolución del 19° Juzgado Civil de Santiago, dictada tras una acción judicial presentada por Warner Bros. por el uso ilegal de sus contenidos. En ese fallo también se ordenó a las tiendas de aplicaciones de Google y Apple, así como a otras plataformas de distribución, retirar de inmediato todas las versiones de las aplicaciones vinculadas a estos servicios y suspender las cuentas de desarrollador asociadas.
Asimismo, el documento judicial dispone que los operadores de televisión de pago e ISPs “bloqueen, borren o impidan la ejecución permanente de las aplicaciones que se identifican con los ‘package names’ MAGISTV, FLUJOTV y XUPERTV o sus derivados respecto de sus clientes actualmente operativos, ya sea a nivel de red o de dispositivos tales como Dboxes, SettopBox, u otros análogos”.
El mecanismo definido corresponde a un bloqueo de carácter dinámico, destinado a impedir el acceso a cualquier réplica futura de estas plataformas. En ese sentido, la resolución establece que la medida debe aplicarse frente a cualquier “domino, subdominio, dirección IP, enlace, redirección o ‘espejo’ que reproduzca total o parcialmente los contenidos ilícitos, en cualquiera de sus formas de acceso, con el objeto de asegurar la continuidad y efectividad de la medida, conforme al principio de tutela judicial efectiva y de protección cautelar de los derechos de propiedad intelectual”.