La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó de manera unánime cuatro recursos de protección presentados por deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), ratificando la legalidad de las cobranzas y embargos realizados por la Tesorería General de la República (TGR).
Uno de los casos analizados correspondió al recurso Rol N° Protección-3249-2026, en el que el recurrente cuestionaba el uso del procedimiento ejecutivo establecido en el Código Tributario para exigir el pago de la deuda y decretar medidas de embargo. A su juicio, el CAE tendría una naturaleza civil y no tributaria, por lo que dicho mecanismo no sería aplicable.
No obstante, la Quinta Sala del tribunal descartó la existencia de ilegalidades o arbitrariedades por parte de la Tesorería. En su resolución, los ministros señalaron que, una vez producido el incumplimiento del crédito y activada la garantía estatal, corresponde a la TGR recuperar los recursos fiscales comprometidos mediante el procedimiento de cobro contemplado en el Código Tributario.
Desde la Tesorería destacaron que esta decisión se suma a recientes resoluciones de la Corte de Apelaciones de Arica y a más de 450 recursos de protección que la Corte Suprema ha declarado inadmisibles respecto de esta materia.
"La justicia ha ratificado sostenidamente que el recurso de protección no es la vía idónea para debatir la naturaleza jurídica de esta acreencia ni para cuestionar el procedimiento y tribunal competente para su cobro", señaló la institución.
Finalmente, la TGR reiteró el llamado a quienes mantienen deudas asociadas al CAE a informarse sobre su situación y regularizarla a través de los canales dispuestos por el organismo.
Con información de Aton.

