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Corte mantiene destitución de enfermera que salió del país mientras cumplía licencia médica

La funcionaria había recibido una licencia médica de 30 días para cuidar a su hijo, quien padecía una enfermedad grave, pero durante ese período viajó junto al menor fuera de Chile y permaneció en el extranjero hasta el 10 de septiembre de 2023. La Corte determinó que el desplazamiento no estaba médicamente justificado y mantuvo la sanción.

TVN.cl

Corte mantiene destitución de enfermera que salió del país mientras cumplía licencia médica

Martes 11 de agosto de 2026

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección presentado por una enfermera del Hospital Base Valdivia, quien buscaba revertir su destitución tras viajar al extranjero mientras se encontraba con licencia médica para cuidar a su hijo menor de un año, quien padecía una enfermedad grave.

El permiso médico había sido extendido por 30 días, entre el 2 y el 31 de agosto de 2023. Sin embargo, el 23 de ese mes la funcionaria salió del país junto al menor y permaneció en el extranjero hasta el 10 de septiembre.

Tras ser sancionada, la trabajadora recurrió a la justicia argumentando que el viaje no constituía una falta grave y que durante toda su estadía permaneció junto a su hijo y a su cuidado.

El tribunal, sin embargo, desestimó sus argumentos y concluyó que el viaje se realizó sin una fundamentación médica que lo justificara, incumpliendo el deber de reposo asociado a la licencia.

En su resolución, la Corte sostuvo que el otorgamiento de una licencia médica no exime a los funcionarios públicos de cumplir con el deber de mantener una conducta íntegra. En este caso, determinó que el desplazamiento al extranjero desvió los fines para los cuales había sido otorgado el reposo, destinado a atender la enfermedad grave del niño.

Bajo ese análisis, el tribunal consideró que esta conducta podía constituir una vulneración grave del principio de probidad administrativa, circunstancia que permite aplicar la sanción de destitución en los casos establecidos por la ley.

La Corte también descartó que durante el procedimiento se hubieran vulnerado garantías constitucionales o el debido proceso. Según estableció, la medida fue adoptada por la autoridad competente y luego de un procedimiento en el que la funcionaria tuvo la posibilidad de ejercer su defensa.

De esta manera, la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección y mantuvo la destitución de la enfermera, por lo que la sanción no fue revertida mediante esta vía judicial.