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Gobierno confirma quinto y sexto pago del Ingreso Familiar de Emergencia

La ministra Rubilar destacó que "en los próximos días" el Presidente Piñera informará la cobertura y a quiénes llegarán los nuevos pagos.

tvn.cl

Lunes 31 de agosto de 2020

La ministra Rubilar destacó que "en los próximos días" el Presidente Piñera informará la cobertura y a quiénes llegarán los nuevos pagos.

EGobierno confirmó la entrega del quinto y sexto pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) pese a las dudas que generó dicha instancia luego de que el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, indicara que dicha instancia no estuviera ratificada.

Según informó a 24 Horas la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, con el titular de Hacienda "no hay problemas", agregando que se trabaja conjuntamente para concretar las diversas ayudas para la población.

 

Respecto al IFE, la secretaria de Estado sostuvo que así como hubo un cuarto pago "que lo llevamos al 100%, pudiendo ser del 80%, de acuerdo a lo ordenado por el Presidente Piñera", también se concretarán dos entregas extras de dinero.

Asimismo, explicó que el Mandatario notificará "en los próximos días" qué porcentaje tendrá el pago, a quién llegará y cuál será su cobertura.

"Esto lo determinará el Presidente dependiendo de la tasa de desempleo y el avance de la pandemia", sostuvo.

Requisitos para obtener el IFE:

Para obtener el beneficio debes pertencer a uno de estos tres grupos:

Primer grupo:

  1. Tener el Registro Social de Hogares.
  2. Que los integrantes del hogar mayores de edad no tengan ingresos formales.

Los montos a pagar dependen del tamaño del hogar, revísalos aquí.

Segundo grupo:

  1. Tener el Registro Social de Hogares.
  2. Que sus integrantes mayores de edad perciban ingresos principalmente informales, y sus ingresos formales no superan el aporte que recibiría el hogar si estuviera en el primer grupo.

Tercer grupo:

  1. Tener el Registro Social de Hogares.
  2. Al menos uno de sus integrantes debe tener 65 años o más de edad y ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez. O ser beneficiario del Aporte Previsional Solidario de Vejez o Invalidez, siempre y cuando este monto no sea superior a la Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez.

Para postular al beneficio puedes hacer click AQUÍ