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Comenzó el pago del IFE Laboral ¿Cuál es el monto y quiénes son los beneficiarios?

Comenzó el pago del IFE Laboral ¿Cuál es el monto y quiénes son los beneficiarios?

tvn.cl

TVN

Viernes 4 de febrero de 2022

A partir de este viernes 4 de febrero comenzó el pago del IFE Laboral, beneficio el cual busca fomentar el empleo a través de un incentivo económico para los trabajadores.

En concreto, este subsidio mensual se pagará directamente al trabajador o trabajadora, y se sumará a las remuneraciones que obtengan, en una medida que busca incentivar la creación de 500 mil nuevos empleos formales.

Para hombres entre 24 y 55 años, el subsidio entregará el 50% de su remuneración, con un tope de $200 mil mensuales. Por su parte, para las mujeres de entre 18 y 24 años, además de hombres mayores de 55 y personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez será un 60% de su remuneración, con un tope máximo de $250 mil.

Asimismo los trabajadores que hayan al IFE Laboral, entre noviembre de 2021 y enero de 2022, tendrán derecho a recibir hasta tres meses de pago, siempre que permanezcan empleados; en tanto que quienes postulen entre febrero y marzo de 2022, tendrán derecho a recibir hasta dos y un mes de pago, respectivamente, siempre que se mantengan empleados.

Consignar que la postulación a este beneficio es hasta marzo de 2022, fecha en la cual finaliza el subsidio.

En tanto, el Ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda indicó que "creemos que el IFE Laboral ha sido una piedra angular en esto porque lo que hemos visto por ejemplo en los datos de septiembre, de todos los empleos que se crearon en ese tiempo, nueve de cada 10 tuvieron que ver con el IFE Laboral".

En ese sentido la autoridad hizo un llamado a solicitar este beneficio: "Si usted está desempleado y encuentra empleo pida el IFE Laboral porque le entrega adicional al sueldo que usted va obtener directamente a su cuenta corriente un subsidio que en el caso de los hombres es del 50% del sueldo y en el caso de las mujeres puede llegar a ser el 60% del sueldo".

"Esta es una ayuda, pero también es un incentivo para que usted encuentre un trabajo en los próximos meses. Hoy día el IFE Laboral está hasta el mes de marzo", recalcó.

¿A quiénes va dirigido el IFE Laboral?

Con el fin de impulsar las fuentes laborales, el IFE Laboral se encuentra dirigido a trabajadores y trabajadoras que inicien una nueva relación laboral con contrato de trabajo.

Por ello, se debe contar con un nuevo contrato de trabajo, en el mes o en curso o máximo en el mes anterior a la postulación. Además se debe mantener una remuneración mensual bruta o igual a tres ingresos mínimos mensuales, es decir menor a $1.011.000. También se debe haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

Asimismo, quienes cuentan con restricciones para acceder al beneficio son las personas que se encuentren trabajando previamente de manera informal o independiente, quienes presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente, además de las personas que estén gozando de licencia médica, incluyendo el pre y postnatal.

Para saber si eres beneficiario haz clic aquí

¿Qué hacer si no recibo el pago del IFE?

En caso de cumplir con los requisitos, haber completado con la información requerida, y aún así no haber recibido el beneficio, el Sence indica que debe revisar la causa de su expediente en línea.

En caso de ser beneficiario y no recibir el pago debido a que las cotizaciones de salud y pensión no se encuentran declaradas, se indica que el Sence revisará, mes a mes, el cumplimiento del pago de las cotizaciones.

De encontrar una actualización en el pago de las cotizaciones de meses anteriores, Sence procederá con los pagos pendientes respectivos en el próximo período de pago, lo que podría implicar que, debido a actualizaciones en la información de las cotizaciones, usted tendrá más de un pago en un mes en particular.

Si el problema con el pago persiste, ingrese una solicitud al buzón ciudadano adjuntando la siguiente información:

  • Copia del contrato de trabajo debidamente firmado.
  • Certificado de remuneraciones imponibles de los 12 últimos meses.
  • Certificados de los 12 últimos meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).

En el caso de que su postulación el IFE Laboral fuera rechazada por ingresar su RUT del representante legal y no el RUT de la empresa deberá realizar una apelación a través del buzón ciudadano informando del error y adjuntando su contrato de trabajo debidamente firmado.

Para ingresar al buzón ciudadano haga clic aquí