Revisa el detalle de la normativa actualizada este miércoles por el Gobierno, donde se definió qué productos son esenciales para la población.
Luego de que se generaran diversas críticas y confusión respecto de qué se puede vender en el comercio y supermercados, el Gobierno estableció un nuevo listado de productos esenciales, incorporando algunos bienes que hace una semana estaban prohibidos.
De acuerdo al instructivo actualizado, se considerará como bien esencial de uso doméstico todo aquel que es utilizado “por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en Pasos 1 o 2 del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia, el teletrabajo, la educación a distancia o el funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble”.
Bajo esa premisa, queda incluido todo tipo de alimento y líquidos.
En cuanto a la ropa, se podrá adquirir lo siguiente:
- Ropa maternal, del recién nacido y del infante.
- Ropa de cama como sábanas, cubrecamas, frazadas, etc.
- Ropa de baño como toallas y cortinas.
Por lo anterior, quedará prohibida la venta de ropa de adultos y de adolescentes, así como también el calzado.

OTROS BIENES
El documento del Ejecutivo plantea que también se podrán comprar elementos del cuidado del jardín, mantención del hogar, etc.
- Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.
- Productos necesarios para la higiene personal: pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.
- Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.
- Artículos para mascotas tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidado.
- Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes
- Artículos electrónicos, tales como computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.
- Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.
- Artículos de cocina: tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos.
- Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones,guateros, etc.
- Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.
- Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.
- Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores, etc.
- Artículos de ferretería
- Muebles.
- Iluminación.
- Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles.