La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios presentó un recurso de reclamación contra la decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, acción judicial con la que lograron revertir dicha determinación.
La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió este miércoles 13 de enero revertir un fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que declaraba inadmisible una demanda colectiva a raíz de la llamada "colusión de los pollos" ocurrida en 2014 y que involucró a las compañías Don Pollo, Ariztía y Agrosuper.
Luego de analizar el caso la Corte Suprema revirtió la el fallo del TLDC y declaró admisible la acción judicial que fue presentada por un gran número de clientes en conjunto con la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) luego de que las empresas mencionadas incurrieran en conductas anticompetitivas como la de asignar cuotas en el mercado y limitar la producción de pollo para así generar un aumento del precio de su carne.
La decisión de la Suprema se alcanzó gracias a un recurso de reclamación presentado por Conadecus, decisión que su presidente Hernán Calderón valoró para obtener la reparación de los daños que se hizo a los consumidores "a raíz de las conductas anticompetitivas" de las compañías. "Se calcula que el daño a los consumidores es mayor que el perjuicio causado por la colusión del papel higiénico", dijo Calderón a La Tercera.
Según detalla el mismo medio la demanda colectiva de Conadecus busca una reparación de casi ochocientos mil dólares.