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Reanudan llamado para el Subsidio de Arriendo para el Adulto Mayor 2020

El beneficio es para quienes se encuentren entre el 70% de la población más vulnerables y que no sean propietarias de una vivienda.

tvn.cl

Jueves 25 de junio de 2020

El beneficio es para quienes se encuentren entre el 70% de la población más vulnerables y que no sean propietarias de una vivienda.

Desde el pasado 15 de junio y hasta el 27 de Julio se podrá postular al Subsidio de Arriendo para el Adulto Mayor 2020, que inicialmente se realizaba en el mes de mayo, pero que debido a la emergencia sanitaria traslado sus fechas hasta mitad de año.

El llamado del Ministerio de Vivienda y Urbanismo es para los adultos mayores que se encuentren entre el 70% de la población más vulnerables y que no sean propietarias de una vivienda y no tengan capacidad de ahorro, por lo que necesiten de un apoyo para el pago de una renta de arrendamiento.

Los beneficiados podrán obtener un monto de subsidio diferenciado dependiendo del tramo en el Registro Social de Hogares que se encuentre, que le permitirá cubrir entre el 90% y 95% del valor del arriendo mensual.

Ejemplo: si un adulto mayor beneficiado pertenece al 40% de la población más vulnerable y arrienda una vivienda con un monto de renta de $200.000.- el subsidio cubriría $190.000.- y el adulto mayor debe pagar $10.000.- como copago mensual. Si pertenece al 70% el subsidio cubriría $180.000.- y el adulto mayor debe pagar $20.000.- como copago mensual.

Requisitos

  • Ser adulto mayor, tener más de 60 años al momento de postular, o cumplirlos durante este año calendario (nacidos hasta el año 1960 inclusive). Lo anterior se acreditará presentando Cédula de Identidad vigente.
  • No superar el tramo del 70% de vulnerabilidad, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente.
  • Acreditar un ingreso mínimo de 3,8UF ($108.182), equivalente a la pensión asistencial vigente al 2019, como base para acreditar ingresos y cálculo del copago. Se considerará el promedio mensual obtenido en los últimos 6 meses.
  • No se debe contar con ahorro mínimo.
  • No debe contar con núcleo familiar. Se puede postular con o sin núcleo familiar.
  • Que el postulante o algún integrante del grupo familiar declarado no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: