Fiestas Patrias: estos son los comercios que deberán cerrar el 18 y 19

Los feriados del viernes 18 y sábado 19 de septiembre tendrán carácter de irrenunciables para los trabajadores del comercio. Revisa qué establecimientos deberán cerrar, cuáles podrán funcionar y desde qué hora comienza el descanso obligatorio.

TVN.cl

Martes 15 de septiembre de 2026

Con las Fiestas Patrias cada vez más cerca, quienes tengan compras pendientes deberán organizarse con anticipación. Este año, los feriados del viernes 18 y sábado 19 de septiembre tendrán carácter de feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio, por lo que supermercados, malls y otros establecimientos deberán cerrar durante ese periodo.

Según la Dirección del Trabajo (DT), el descanso deberá comenzar, a más tardar, a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre. Por ello, los comercios deberán iniciar su cierre antes de ese horario.

Entre los establecimientos que deberán permanecer cerrados se encuentran:

  • Supermercados.
  • Grandes tiendas.
  • Malls y centros comerciales.
  • Otros establecimientos comerciales sujetos al feriado irrenunciable.

¿Qué locales sí podrán funcionar?

La normativa contempla excepciones para determinados servicios y actividades. Entre ellos se encuentran restaurantes, clubes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos, farmacias de urgencia o de turno y expendios de combustible.

También podrán funcionar los pequeños comercios atendidos directamente por sus propios dueños o familiares, siempre que no cuenten con trabajadores dependientes durante el periodo de descanso.

El incumplimiento de las disposiciones puede implicar multas. Las infracciones relacionadas con el horario previo al inicio del feriado pueden alcanzar desde 10 UTM para microempresas hasta 60 UTM para grandes empresas.

En tanto, no otorgar el descanso obligatorio correspondiente a los días 18 y 19 de septiembre puede significar multas de entre 5 y 20 UTM por cada trabajador afectado.

El comercio podrá retomar sus actividades con normalidad a partir del domingo 20 de septiembre, una vez finalizado el periodo correspondiente a los feriados irrenunciables.

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